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Impuesto sobre la Venta
Los inmuebles residenciales de nueva construcción están sujetos a IVA a razón del 7% del valor, más el 1% por actos documentados, pagadero por el comprador. Sin embargo, tratándose de parcelas urbanas, locales comerciales y algunos garajes (no incorporados a una vivienda) comprados a empresas promotoras o comerciantes, el IVA es del 16%. Las reventas están sujetas a un impuesto de transmisión de bienes inmuebles del 7%.

En todos los casos, hay un impuesto de plusvalía (que no debe confundirse con el impuesto sobre incremento del patrimonio pagadero por el comprador sobre la ganancia realizada al vender la propiedad), el cual es un impuesto municipal sobre el incremento del valor del solar solamente. En teoría la plusvalía es pagada por el vendedor, pero esto puede ser objeto de negociación entre el comprador y el vendedor.

Impuesto Anual de Bienes Inmuebles

I.B.I. (Impuesto de Bienes Inmuebles)
El I.B.I. es un impuesto sobre bienes inmuebles cobrado por el ayuntamiento y suele ser del .85% del valor catastral de la propiedad. Este impuesto suele ser pagadero una vez al año.

Impuesto sobre las Rentas de Bienes Inmuebles
Se trata de un impuesto a pagar sobre las rentas que se hayan obtenido de la propiedad durante el año anterior, por lo general procedentes de arrendamientos. Cubre el período del 1 de enero al 31 de diciembre de cada año, y es pagadero durante el año siguiente. El tipo impositivo es del 25% y se aplica a la base impositiva. Esta base, que es la renta estimada, se obtiene multiplicando el valor catastral de la propiedad por, en la mayoría de los casos, el 2%, a veces menos.

Impuesto sobre el Patrimonio

Titularidad privada no residencial
El propietario no residente de una propiedad en Mallorca/España tiene que tributar anualmente sobre el valor del bien inmueble por concepto del impuesto sobre el patrimonio. La base se grava según una escala variable (entre el .2% y el 2.5%). La base impositiva será el mayor de los siguientes valores:

  • El valor catastral
  • El valor estimado por las autoridades tributarias
  • El precio de compra declarado en la escritura de traspaso

Titularidad empresarial no residencial
Cuando el dueño de la propiedad es una empresa no residente, se tiene que pagar un impuesto anual especial. Desde 1996, el tipo aplicable se ha fijado en el 3% del valor catastral de la propiedad.

Impuesto sobre Sucesiones
En el caso de los propietarios no residentes, hay importantes beneficios disponibles con respecto al impuesto sobre sucesiones. No dude en Consultarnos, si deseara recibir más información de MJC Associates.

Impuesto sobre el Incremento del Patrimonio
Un vendedor no residente está sujeto a una retención tributaria del 3% por cuenta de cualquier posible impuesto sobre incrementos de patrimonio. Si el impuesto a pagar por el vendedor es menos del 3%, puede reclamar la diferencia a la administración tributaria. El impuesto sobre incremento del patrimonio procedente de la ganancia realizada en la venta se redujo del 35% al 18% en enero de 2007.

 

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